Micelio
Auto30 de octubre de 1998

A- de 1998

Ponente Vladimiro Naranjo Mesa

Demandante Restrepo Zapata Jorge Hernan·Demandado Departamento De Antioquia

Tema · dato duro
Nulidad Por Falta De Notificacion.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Nulidad Por Falta De Notificacion De Tutela
  • Declaración por no allanamiento respecto iniciación de la acción
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Se declaró la nulidad de todo lo actuado en el presente proceso a partir del auto que admitió la acción, debido a que se configuró una nulidad saneable derivada de no habérsele notificado la iniciación de la presente acción de tutela.

Por lo tanto, la Corte ordenó al Tribunal rehacer toda la actuación surtida.

En consecuencia, abstenerse de efectuar la revisión a que se refieren el Art. 86 de la Constitución Política y el Decreto 2591 de 1991, en la acción de tutela de la referencia.

Agotado el procedimiento anterior, devuélvase el expediente a esta Corporación para su eventual revisión.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. Primero. DECLARAR LA NULIDAD de todo lo actuado en el presente proceso a partir del auto que admitio la accion, inclusive, y por lo tanto, ordenar al Tribunal Superior del Distrito Judicial de Medellin -Sala Laboral-, rehacer toda la actuacion surtida. En consecuencia, abstenerse de efectuar la revision a que se refieren el articulo 86 de la Constitucion Politica y el decreto 2591 de 1991, en la accion de tutela de la referencia.
  2. Segundo. Agotado el procedimiento al que se refiere el numeral anterior, devuelvase el expediente a esta Corporacion para su eventual revision.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

Cita a0
No cita providencias registradas.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.